Trámites

Declaración responsable temporal de comercios

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Área: Aperturas

Declaración responsable para apertura de comercios minoristas y prestación de servicios

Quedan sometidas al régimen de declaración responsable las actividades incluidas en el Anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios, que se encuentren en establecimientos permanentes, cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 m2.

La declaración responsable acompañada de la documentación requerida se presentará ante el Ayuntamiento. Las obras, en el supuesto de ser necesarias para la aducación del local, deben estar terminadas. La declaración responsable surtirá efectos desde su presentación. Una vez presentada podrá iniciarse el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las administraciones públicas.

Documentos

Declaración responsable temporal de comercios

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