Abierto del 6 al 8 de octubre el plazo para que los establecimientos de San Vicente se sumen a la nueva campaña de Bonos Raspeig que se pondrá en marcha este otoño

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a través de la concejalía de Comercio, ha abierto el plazo para que todos los establecimientos del municipio interesados participen en la campaña Bonos Raspeig que se pondrá en marcha este otoño. 

La iniciativa, impulsada desde la Diputación de Alicante, ofrece un instrumento de carácter extraordinario que tiene por objeto apoyar al sector comercial, servicios y hostelería de la localidad a través del fomento del consumo local en un periodo de tiempo, mediante la creación de bonos descuento que permita a los establecimientos colaboradores su implantación en las acciones de promoción de ventas. 

El periodo de inscripción pque comienza hoy, 6 de octubre, y se mantendrá abierto hasta el jueves, 8 de octubre, tiene como objeto la adhesión voluntaria de los titulares de establecimientos que quieran colaborar en esta nueva campaña de 2026.

Requisitos de los establecimientos colaboradores: 

  • Los titulares de los establecimientos colaboradores tendrán la consideración de micropymes, pequeños empresarios autónomos o profesionales con menos de 10 trabajadores.
  • El establecimiento donde se ejerce la actividad se localizará en el término municipal de San Vicente del Raspeig.
  • La actividad económica se ejercerá en establecimiento permanente con licencia de actividad o ambiental.
  • El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig no se responsabilizará de aquellos bonos no verificados con el DNI/NIE en el instante de la venta. 
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Autonómica, Municipal y con la Seguridad Social. 
  • Se producirá la pérdida del derecho al pago total o parcial del cobro del importe de los bonos en el supuesto de falta de justificación adecuada o de concurrencia de alguna de las causas de reintegro previstas en la Ley 38/2003, 17 noviembre, General de Subvenciones o en la Ordenanza General de Subvenciones.
  • La actividad económica se incluirá en alguno de los grupos del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) señalados en  el ANEXO I.

Más información en el siguiente enlace: https://raspeig.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=30626 

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