Registro Municipal Entidades Ciudadanas

¿Qué es el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (R.M.E.C.)?

El registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig tiene como finalidad garantizar a las inscritas en el mismo el ejercicio de los derechos reconocidos en el Reglamento Orgánico Municipal de Participación Ciudadana, así como disponer de información sobre el grado de interés o la utilidad ciudadana de sus actividades que permita abordar la política de fomento de las mismas y la adecuación de su participación en la gestión municipal.

📋 ¿Qué entidades pueden inscribirse?

Podrán inscribirse en el R.M.E.C. todas aquellas entidades o uniones de asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:

  • 1.º Carácter asociativo: sin ánimo de lucro, y estén constituidas y registradas con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, o bien sean entidades de carácter fundacional, sin ánimo de lucro, constituidas y registradas con arreglo a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
  • 2.º Tener sede o sucursal: Tener sede o sucursal, en los términos que prevean sus estatutos, en el municipio de San Vicente del Raspeig.
  • 3.º Objeto fundamental: Que su objeto fundamental, de acuerdo con sus Estatutos, sea la defensa, representación y promoción de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos y la mejora de su calidad de vida.
  • 4.º Beneficio ciudadano: Que para el cumplimiento de su objeto realicen programas y actividades que redunden en beneficio de los ciudadanos de San Vicente del Raspeig.

📋 Obligaciones de las entidades inscritas

Las entidades inscritas en el Registro están obligadas a notificar al mismo toda modificación que se produzca en los datos inscritos, cuando se produzca, así como el presupuesto y programa anual de actividades.

El cambio de las circunstancias que dieron lugar a la inscripción de la entidad o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el Reglamento, dará lugar a la tramitación del procedimiento para acordar la baja de la entidad en el Registro.

⚖️ Normativa reguladora

  • Reglamento Orgánico Municipal de Participación Ciudadana de San Vicente del Raspeig (Aprobación definitiva Pleno 25.03.2015 – BOP 27.04.2015).
  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
  • Ley 14/2008, de 18 de noviembre, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 181/2002, de 5 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunidad Valenciana.
  • Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
  • Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

📌 Información y Trámites

Para la atención presencial sobre la constitución de entidades, inscripciones o modificación de datos en el R.M.E.C., deberá solicitar cita previa en la Oficina de Atención al Ciudadano enviando un correo electrónico a: civic@raspeig.es

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