Se constituye el Consejo Municipal de Medio Ambiente y Agricultura como Consejo Sectorial en esa materia, para canalizar la participación ciudadana y de entidades relacionadas con el medio ambiente en los asuntos municipales, así como de los agricultores/as, colectivos y asociaciones relacionadas con el sector agrícola y de las organizaciones agrarias de profesionales y trabajadores.
Desarrollarán exclusivamente sus funciones en relación con las siguientes materias:
a) Agenda 21 local, otras herramientas de participación y las agendas internacionales.
b) Recogida de residuos sólidos urbanos y recogida selectiva.
c) Espacios naturales protegidos y gestión forestal.
d) Residuos industriales, peligrosos y otros.
e) Contaminación atmosférica, acústica, electromagnética y de otras fuentes.
f) Vertidos al medio hídrico.
g) Vías pecuarias.
h) Protección de la flora, fauna y la biodiversidad.
i) Educación y divulgación ambientales.
j) Voluntariado ambiental.
k) Consumo responsable de recursos.
l) Evaluación de la realidad agraria y rural del municipio, sus problemas y necesidades.