Trámites

Declaración responsable de ocupación

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Área: Urbanismo – Arquitectura

La Declaración responsable de ocupación es el acto que reconoce y ampara la aptitud para el uso de las edificaciones a las que se refiere la Ley 3/2004, de 30 de junio, de ordenación y fomento de la calidad de la edificación, ya sea en su totalidad o en alguna de sus partes susceptibles de uso individualizado. Tiene por objeto comprobar la adecuación de la obra ejecutada al proyecto para el que fue concedida la licencia municipal de edificación, verificando su adecuación a la normativa de aplicación, en función del uso y características de la misma.

Por lo que respecta a las edificaciones existentes, ya sea en su totalidad o en las partes susceptibles de uso individualizado, la Declaración responsable de ocupación tiene por objeto comprobar la adecuación de las mismas a la normativa de aplicación, en función del uso y características de los edificios.

Documentación a Aportar
Nueva planta / Primera ocupación.

  • Acreditación de la personalidad (DNI, NIE, Pasaporte…). En el supuesto de que la tramitación se realizara por persona distinta al solicitante deberá acreditarse esta situación mediante autorización debidamente conformada por titular.
  • Certificado/s final de obra (contenido según RD 314/06, anexo II.3) del edificio así como de los elementos de urbanización (públicos y/o privados) que tengan que adscribirse al edificio o que resulten necesarios para obtener la licencia municipal de edificación.
  • Certificado final del cumplimiento legal de las instalaciones del garaje vinculadas al edificio
  • Licencia municipal de edificación.
  • Solicitud de impreso de alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o impuesto que lo sustituya.
  • Documento que acredite la disponibilidad de la/s vivienda/s, local/es y partes del edificio susceptibles de uso individualizado (escritura, contrato arrendamiento…).
  • Certificado de las compañías suministradoras de haber abonado los derechos de acometidas en suelo urbano o urbanizable desarrollado. En Suelo No Urbanizable deberá justificar el adecuado suministro de energía eléctrica y agua potable.
  • Boletín de instalación de telecomunicaciones o, en su caso, Certificado final de obra de telecomunicaciones. (según ITC/1077/2006, disposición adicional 2ª).
  • Acta de recepción de obra (Ley 03/04, art 34. Contenido según Ley 38/99, art 6)
  • Fotos de todas las fachadas, cubierta y urbanización de las calles que circunden la parcela. Se realizarán en color, con nitidez y amplitud, y al menos 2 fotos para de cada uno de los aspectos señalados.
  • Certificado de aislamiento acústico (contenido según Ley 7/02, art. 34, y –en su caso- D 266/04 art. 15)
  • Certificado de eficiencia energética.

Segunda ocupación y posteriores.

  • Acreditación de la personalidad (DNI, NIE, Pasaporte…). En el supuesto de que la tramitación se realizara por persona distinta al solicitante deberá acreditarse esta situación mediante autorización debidamente conformada por titular.
  • Certificado expedido por técnico competente visado, registrado o certificado por el respectivo Colegio Profesional que acredite que la vivienda cumple con la normativa técnica de Habitabilidad y Diseño. (Art 34 LOFCE)
  • Cedula de habitabilidad o licencia de ocupación anterior, o en su defecto, si la vivienda ha sido ocupada de manera efectiva por un periodo mínimo de 10 meses, aportar justificante del abono del servicio de agua potable de dicho periodo.
  • Recibo de contribución territorial urbana de la vivienda/local o impuesto que lo sustituya del periodo inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
    Documento que justifique la disponibilidad de la vivienda (escritura, contrato arrendamiento…).
  • En viviendas situadas en suelo no urbanizable documento que acredite la legalidad de la misma.
  • Copia del libro del Edificio, si se hubiere expedido para la obra nueva.(Art. 34.2 LOFCE)

TASAS

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por tramitación de instrumentos de gestión urbanística, licencias, documentos y otras actuaciones de carácter urbanístico.
Nota: Las Ordenanzas Municipales se revisan y modifican anualmente, aplicándose la que esté en vigor en ese momento.

OBSERVACIONES

Toda la documentación tiene que estar a nombre del titular y debe coincidir el emplazamiento de todos los documentos
Para viviendas en suelo no urbanizable deberá acreditar la legalidad le la misma a través de las determinaciones previstas en la correspondiente solicitud.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, o la no presentación ante la administración competente de ésta, determinará la imposibilidad de realizar los actos correspondientes desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar. La resolución administrativa que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente; todo ello sin perjuicio de la tramitación, en su caso, del procedimiento sancionador correspondiente.
Transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación será necesaria la renovación de la misma cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.
A los efectos de contratación de servicios con las compañías suministradoras, pasado un mes desde la presentación de la presente declaración sin comunicación municipal en contra, se entenderá que ésta reúne los requisitos para la contratación.

DOCUMENTOS